13. La pena de la injuria será remitida en parte o en su totalidad, cuando el acusado se sometiere a una reparacion a la persona del injuriado, en el modo i forma que el juez prescribiere, de consentimiento del acusador. En este caso, se publicará, a costa del acusado, todo lo obrado en el juicio i la reparacion i satisfaccion dada al ofendido.