1.- Apruébanse las siguientes modificaciones al DS Nº 51, de 2012, del Ministerio de Agricultura, que fijó el Reglamento de la ley Nº 20.412, que establece un Sistema de Incentivos para la Sustentabilidad Agroambiental de los Suelos Agropecuarios:
     
    En el literal a) del inciso segundo del artículo 5º:
     
    i. Antes del primer punto seguido y luego de la coma que sigue a la expresión "aplicación de guanos tratados", insértase la expresión "guanos rojos", seguida también de una coma.
    ii. Para suprimir la siguiente frase después del primer punto seguido, que pasa a ser punto final: "Estas prácticas sólo se podrán aplicar hasta un máximo de tres oportunidades sobre una misma superficie; no obstante, para el caso de aplicación de guanos tratados, compost, humus y abonos verdes en las Regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá, de Antofagasta y de Atacama, el máximo referido será de 6 oportunidades."
     
    2.- En todas aquellas materias no modificadas por el presente instrumento, mantienen su vigencia las normas del DS Nº 51, de 2012, del Ministerio de Agricultura, que fijó el Reglamento de la ley Nº 20.412, que establece un Sistema de Incentivos para la Sustentabilidad Agroambiental de los Suelos Agropecuarios.