Artículo único:
Modificase el artículo 13º de la Ordenanza del Plan Seccional Recreo", en el sentido de sustituir los siguientes textos:
"Altura Máxima: Se aplicara lo definido por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones" por "Altura Máxima: 15 Metros, con un máximo de 5 pisos."
"Coeficiente máximo de construtibilidad: 1,2" por "Coeficiente máximo de constructibilidad: 1,0"
"Densidad: 350 habitantes por hectárea" por "Densidad bruta máxima: 300 habitantes por hectárea"