Artículo Único: Modifíquese el decreto supremo Nº4, de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, suscrito en conjunto con el Ministerio de Hacienda, en lo siguiente:
1. Elimínase en el inciso primero del artículo 1º la expresión ", letra a)".
2. Intercálese entre los literales ii) y iii) del artículo 1º, el siguiente nuevo literal iii), pasando el actual a ser iv) y el actual iv) a ser v).
"iii) Subsidios orientados a la promoción y fortalecimiento del transporte público en las zonas rurales del país;".
3. Elimínese en el nuevo literal iv) la frase "por parte de los estudiantes".
4. Intercálese en el nuevo literal v), entre las frases "el transporte público" y ", entre los que se considerará" la siguiente frase "y la seguridad y educación vial".
5. Intercálese en el inciso primero del artículo 3º, entre las frases "zonas aisladas" e "y para otros programas", la siguiente expresión: ", zonas rurales".
6. Agrégase en el inciso primero del artículo 5º, antes del punto final (.) la siguiente frase "; o cuando la tasa de viajes totales por habitante, que resulta de dividir el número total de viajes en transporte público mayor, por el número de habitantes correspondientes a la región, provincia o comuna de que se trate, sea menor al 30% del promedio de las regiones del país".
7. Reemplázase el texto del artículo 6º por el siguiente:
"Artículo 6º: En la determinación del monto de subsidio asignado anualmente para financiar el Programa de Apoyo al Transporte Regional, deberá considerarse lo establecido en el inciso cuarto del artículo 2 de la ley Nº20.378, respecto a la distribución regional de los recursos.".
8. Reemplázase en el artículo 8º la expresión "y iv)", por la siguiente: ", iv) y v)".