AMPLÍA INTEGRACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO URBANO Y DESIGNA SUS INTEGRANTES
Santiago, 29 de abril de 2014.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 68.- Vistos: Los artículos 24 inciso primero y 32 Nº6 de la Constitución Política de la República; el decreto supremo Nº78, de 2013, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1. Que, en nuestro programa de Gobierno hemos afirmado que "Nuestras ciudades" son la expresión construida de nuestras desigualdades. Viviendo en un lugar u otro de nuestras ciudades, se abren muy diferentes oportunidades. Si asumimos que la buena ciudad es un derecho de todos, no podemos seguir construyéndola con las mismas diferencias que hay en los ingresos. El Estado debe ordenar el acceso a los bienes urbanos para todos" (Programa de Gobierno 2014-2018, Presidenta Michelle Bachelet);
2. Que, el referido programa ha comprometido el inicio de un nuevo ciclo que asegure avanzar en la construcción de ciudades más equitativas y justas, más integradas socialmente y más democráticas y participativas;
3. Que, lo anterior requiere de nuevos énfasis en la acción del Estado en vivienda, desarrollo urbano, transporte y obras públicas, los que deben mantenerse en el tiempo porque construir ciudades justas es una tarea que supera los tiempos de un solo Gobierno. Es por ello que una de las medidas del programa del actual Gobierno fue "avanzar decididamente en la implementación de la agenda institucional, surgida de la Política Nacional de Desarrollo Urbano, importante esfuerzo técnico alcanzado por el Estado de Chile";
4. Que, conjuntamente con la aprobación de la Política Nacional de Desarrollo Urbano, se creó el Consejo Nacional de Desarrollo Urbano, cuyo objeto es servir de instancia consultiva y asesora de la Presidenta de la República para la implementación de la misma y cuyo funcionamiento requiere de la designación de sus integrantes;
5. Que, además, de los miembros previstos en el DS Nº 78 (V. y U.), de 2013, corresponde incorporar al Ministro de Bienes Nacionales, dado que las materias que abordará el mencionado Consejo se relacionan con las que competen a esa Secretaría de Estado.
6. Que, por otra parte, se ha estimado necesario invitar a formar parte de esta instancia al Presidente de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Cámara de Diputados y al Presidente de la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado, quienes han aceptado esta invitación.
7. Que, asimismo, a fin de garantizar una adecuada participación en el referido Consejo, se ha considerado necesaria la incorporación de dos representantes de organizaciones ciudadanas, y
8. Que, de conformidad al artículo 2º del DS Nº 78 (V. y U.), de 2013, corresponde a la Presidenta de la República la designación de los integrantes del Consejo Nacional de Desarrollo Urbano.
Decreto:
Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 2º del DS Nº 78, de 2013, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo:
1) Sustitúyese el encabezamiento del numeral 1 por el siguiente: "El Consejo estará integrado por los siguientes miembros".
2) Reemplázase la letra l) del numeral 1 por la siguiente:
"l) El Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales o quien lo represente; ".
3) Sustitúyense las expresiones, "y", al final de la letra o) y el punto final (".") de la letra p), por un punto y coma (";") en ambos casos
4) Agréganse los siguientes literales:
"q) Dos representantes de organizaciones ciudadanas, designados por el Presidente de la República;
r) El Presidente de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Cámara de Diputados;
s) El Presidente de la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado.".
t) El Ministro de Bienes Nacionales o quien lo represente.
5) Agrégase el siguiente párrafo final en el numeral 1);
"Los miembros del Consejo a que se refieren los literales c, d, e, f, g, h, i, j, k, l, r, s y t, serán quienes ostenten los cargos que en cada caso se señala, sin que sea necesario designarlos mediante decreto supremo.".
6) Reemplázase en numeral 3 la expresión "12 de sus miembros" por "un tercio de sus miembros".
Artículo 2º.- Desígnanse a los siguientes miembros integrantes del Consejo Nacional de Desarrollo Urbano:
a)
b)
c)
d)
e) Don Matías Klotz Germain, RUT 7.037.845-0, Decano Facultad de Arquitectura U. Diego Portales;
f) Don Leopoldo Prat Vargas, RUT 5.202.626-1, Decano Facultad de Arquitectura Universidad de Chile;
g)
h)
i)
j)
k)
l) Doña María Elena Ducci Valenzuela, RUT 5.197.777-7, Presidenta ONG Ciudad Viva;
m) Doña Tusnelda Urra Alveal, RUT 14.505.006-5, Presidenta Movimiento por la Reconstrucción Justa.
NOTA
El artículo 2º, Decreto 49, Vivienda, publicado el 05.12.2018, modifica la presente norma, en el sentido de revocar el nombramiento de los miembros integrantes del Consejo Nacional de Desarrollo Urbano, con excepción de aquellos designados en virtud de los literales n) y q) del artículo 2º, Nº 1, del Decreto 78, Vivienda, publicado el 04.03.2014.
El artículo 2º, Decreto 49, Vivienda, publicado el 05.12.2018, modifica la presente norma, en el sentido de revocar el nombramiento de los miembros integrantes del Consejo Nacional de Desarrollo Urbano, con excepción de aquellos designados en virtud de los literales n) y q) del artículo 2º, Nº 1, del Decreto 78, Vivienda, publicado el 04.03.2014.
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.- Rodrigo Peñailillo Briceño, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Ximena Rincón González, Ministra Secretaria General de la Presidencia.- Luis F. Céspedes Cifuentes, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.- Fernanda Villegas Acevedo, Ministra de Desarrollo Social.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Educación.- Alberto Undurraga Vicuña, Ministro de Obras Públicas.- Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.- Víctor Osorio Reyes, Ministro de Bienes Nacionales.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Jaime Romero Álvarez, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División de Infraestructura y Regulación
Subdivisión Jurídica
Cursa con alcance decreto Nº68 de 2014, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Nº64.702.- Santiago, 21 de agosto de 2014.
Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento de la suma que "Amplía integración del Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y designa sus integrantes", pero cumple con hacer presente, según los documentos tenidos a la vista, que el nombre, el apellido materno, y el RUT, respectivamente, de los miembros mencionados en el artículo 2º del acto en examen son en su letra e) Mathias, en la g) Arranz, y en la h) 6.226.893-K, y no los que ahí se señalan.
Con el alcance que antecede se ha tomado razón del indicado acto administrativo.
Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
A la señora
Ministra de Vivienda y Urbanismo
Presente.