2.- Actualizaciones de Capítulos de la Recopilación Actualizada de Normas.

A) Se remplaza, en el primer párrafo del título I del Capítulo 2-2, el número "83" por "69".

B) Se remplaza, en el segundo párrafo del numeral 1.8 del título II del Capítulo 2-2, la expresión "del D.L. N° 1.097 de 1975" por "de la Ley General de Bancos".

C) Se remplaza el texto del N° 1 del título II del Capítulo 2-10, por el siguiente:

"Para realizar aumentos de capital mediante la emisión de acciones, ya sean de pago o liberadas, las instituciones financieras deberán solicitar a esta Superintendencia la autorización correspondiente, de conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la Ley General de Bancos, como también para reformar sus estatutos, cuando proceda.".

D) Se suprime la letra e) del N° 2 del título II del Capítulo 2-10, pasando las letras "f)" y "g)" a ser "e)" y "f)", respectivamente.

E) En el último párrafo del N° 2 del título II del Capítulo 2-10, se suprime la frase ", incluidas aquellas a que se refiere la letra e) anterior", remplazando la coma que sigue a la palabra "liberadas" por un punto seguido.

F) Se remplaza, en el primer párrafo del título III del Capítulo 2-10, las locuciones "N° 1 bis del artículo 83" y "artículo 113", por "N° 2 del artículo 69" y "artículo 115", respectivamente.

G) Se remplaza, en la letra o) del numeral 2.3 y en la letra c) del numeral 3.4 del título III del Capítulo 2-10, el N° "68" por "55".

H) Se remplaza en el enunciado del N° 6 del Título I del Capítulo 4-1, el término "80 bis" por "65".

I) Se actualiza el Anexo N° 1 del Capítulo 8-9 que contiene el texto vigente del "Reglamento de Administración del Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios", recogiendo lo indicado en el N° 1 de esta Circular.

J) Se remplaza, en el segundo párrafo del Capítulo 8-17, la expresión "del Decreto Ley N° 1.097, de 1975", por "de la Ley General de Bancos".

K) Se remplaza, en el primer párrafo del título I del Capítulo 9-1, el número "XII" por "XIII".

L) Se remplaza, en el último párrafo del numeral 2.2 del título I del Capítulo 9-1, el número "106" por "111".

M) Se remplaza, en el primer párrafo del numeral 8.1 y en el tercer párrafo del numeral 8.3 del título I del Capítulo 9-1, el número "91" por "96".

N) Se remplaza, en el segundo párrafo del número 6 del título II del Capítulo 9-1, el número "88" por "93".

S) Se remplaza, en el  N° 8 del título II del Capítulo 9-1, el número "95" por "100", las dos veces que aparece citado.

O) Se remplaza, en el numeral 9.2 del título II del Capítulo 9-1, el número "XII" por "XIII".

P) Se remplaza, en el N° 2 del título III del Capítulo 9-1, los números "15" y "83" por "20" y "69", respectivamente.

Q) Se remplaza, en los Anexos 3 a 8 del Capítulo 9-1 la expresión "Título XII" por "Título XIII". Además, en los Anexos N°s. 1 y 2 de dicho Capítulo, se sustituye la frase "Título XII del Decreto con Fuerza de Ley N° 252, de 4 de abril de 1960, y sus modificaciones" por "Título XIII de la Ley General de Bancos".

R) Se remplaza, en el N° 7 del Anexo N° 1 del Capítulo 9-3, el número "XII" por "XIII".

S) Se remplazan los numerales 1, 1.1 y 1.2 del título III del Capítulo 11-1 por el siguiente texto:

"1.- Límite.

El saldo que la institución financiera registre en la cuenta "Activos físicos por leasing" queda también incluido dentro del activo fijo para efectos del límite general de inversiones del inciso segundo del artículo 69 de la Ley General de Bancos, tratado en el Capítulo 12-10 de esta Recopilación.".

T) Se remplazan, en el numeral 1.1 del Capítulo 11-5 los números "16" y "17" por "22" y "23", respectivamente, y se sustituye el guarismo "83", las dos veces que aparece, por "69".

U) Se remplaza en el N° 2 del Capítulo 12-7, la locución "en los artículos 81, 84 y 115 de la Ley General de Bancos, según corresponda", por "en el artículo 84 de la Ley General de Bancos".

V) Se elimina el N° 4 del título II del Capítulo 13-8.

W) Se remplaza el último párrafo del numeral 1.5 del Capítulo 15-1 por el siguiente:

"En ningún caso los intereses que se cobren sobre estas operaciones, podrán exceder lo que permita estipular el artículo 6° de la Ley N° 18.010.".

X) Se remplaza, en el primer párrafo del N° 1 y en el último párrafo del N° 3 del Capítulo 18-5, la expresión "13 bis del D.L N°1.097" por "14 de la Ley General de Bancos".

Y) Se remplaza, en el Anexo N° 1 del Capítulo 18-8, la expresión "80 bis y los artículos 141 al 150" por "65 y los artículos 144 al 153".

Z) Se suprime, en el N° 2 del Capítulo 18-10, lo siguiente:

"- Que la relación deuda-capital del banco se haya situado sobre diecinueve veces su capital pagado y reservas o de catorce veces en el caso de las sociedades financieras.".

AA) Se remplaza, en el N° 2 del Capítulo 18-10, la expresión "19 bis del D.L N°1.097" por "20 de la Ley General de Bancos" y la frase "artículos 116 ó 119 de la Ley General de Bancos o en el artículo 15 del D.L. N° 1.097, de 1975" por "artículos 16, 118 ó 122 de la Ley General de Bancos".

AB) Se remplaza, en el primer párrafo del N° 1 del Capítulo 19-1, el número "20" que aparece al inicio, la frase "artículo 13 bis de la Ley Orgánica de esta Superintendencia" y la locución "artículo 20 de la Ley General de Bancos" que aparece al final, por "154", "artículo 14 de dicha ley" y "artículo 154", respectivamente.

AC) Se remplaza, en el tercer párrafo del N° 1 del Capítulo 19-1, la frase "el artículo 20 de la Ley General de Bancos y el artículo 13 bis del D.L. N°1.097 de 1975" por "los artículos 14 y 154 de la Ley General de Bancos".

AD) Se remplaza, en el primer párrafo del N° 1 del título I del Capítulo 19-2, la expresión "15 del D.L N°1.097" por "16 de la Ley General de Bancos".

AE) Se remplaza, en el título III del Capítulo 19-2, las expresiones "18 del D.L. N°1.097" y "13 del D.L. N°1.097" por "26 de la Ley General de Bancos" y "13 de la Ley General de Bancos", respectivamente.