Sobre la base de la información recibida por esta Superintendencia en un reciente Oficio del Ministerio de Hacienda, mediante la presente Circular se agrega la DIRECCION DE PREVISION DE CARABINEROS DE CHILE a la nómina de las entidades públicas facultadas para invertir en el mercado de capitales, incluida en el Anexo N° 1 del Capítulo 2-11 de la Recopilación Actualizada de Normas.

En consecuencia, se remplaza la hoja N°1 del Anexo N° 1 antes mencionado.