CREA CONSEJO DE POLÍTICA MIGRATORIA
     
    Núm. 1.393.- Santiago, 11 de julio de 2014.- Visto: Lo dispuesto en el artículos 24 y 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile; la ley Nº20.502; el decreto con fuerza de ley Nº7.912 de 1927; el decreto ley Nº1.094 de 1975; el decreto supremo Nº597 de 1984, ambos del Ministerio del Interior, y el Instructivo Presidencial Nº9 de fecha 2 de septiembre de 2008;

    Considerando:

1.  Que, tal como se señala en el Programa de Gobierno para el período 2014-2018, las migraciones internacionales han adquirido una importancia creciente en Chile, y que es compromiso del Gobierno desarrollar una política y cultura migratoria basada en la promoción y aplicación de los instrumentos internacionales ratificados por Chile sobre Derechos Humanos y de las Personas Migrantes, así como en los principios de Política Migratoria acordados en el marco de la Conferencia Sudamericana de Migraciones;
2.  Que se hace necesaria la coordinación y el intercambio de información efectiva entre los organismos gubernamentales y los organismos que tienen un rol específico en el tema migratorio para brindar un adecuado tratamiento por parte del Estado a las distintas situaciones en que la migración es un factor determinante, así como en el diseño e implementación de políticas públicas en la materia;
3.  Que, la Política Nacional Migratoria, establecida por Instructivo Presidencial Nº9 de fecha 2 de septiembre de 2008, de S.E. la Presidenta de la República, dispone que se requiere un tratamiento intersectorial que permita una atención multidisciplinaria a los desafíos que impone un fenómeno tan complejo como el de las migraciones internacionales;

      Decreto:

    Artículo primero: Créase una comisión asesora del Presidente de la República denominada "Consejo de Política Migratoria", en adelante el "Consejo", de carácter permanente, que tendrá como objetivo elaborar la Política Nacional Migratoria y coordinar las acciones, planes y programas de los distintos actores institucionales en materia migratoria.
 

    Artículo tercero: El Consejo de Política Migratoria estará integrado por los siguientes miembros:

    - Ministro del Interior y Seguridad Pública, quien lo presidirá;
    - Ministro de Relaciones Exteriores,
    - Ministro Secretario General de la Presidencia,
    - Ministro de Educación,
    - Ministro de Justicia,
    - Ministro del Trabajo,
    - Ministro de Salud,
    - Ministro de Desarrollo Social,
    - Ministra Directora del Servicio Nacional del Mujer, y
    - Subsecretario del Interior, quien será su Secretario Ejecutivo.
    Los miembros podrán delegar su representación en quienes les corresponda su subrogación legal.
    El Consejo podrá realizar audiencias en las cuales participen otros funcionarios públicos de la Administración del Estado, así como representantes del sector privado y la sociedad civil, si lo estimare conveniente.

    Artículo cuarto: El Consejo contará con una Secretaría Técnica, a cargo del Jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que actuará como apoyo técnico y administrativo. Asimismo, la Secretaría Técnica asesorará el debido seguimiento del cumplimiento de la Política Nacional Migratoria y de los acuerdos del Consejo.

    Artículo quinto: El Consejo sesionará cada dos meses. No obstante lo precedente, el Consejo podrá sesionar en forma extraordinaria a requerimiento de su Presidente.

    Artículo sexto: Las autoridades y directivos de los órganos de la Administración del Estado deberán prestar al Consejo, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, la colaboración que éste les solicite.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de  la República.- Rodrigo Peñailillo Briceño, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- Ximena Rincón González, Ministra Secretaria General de la Presidencia.-  Fernanda Villegas Acevedo, Ministra de Desarrollo Social.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Educación.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia.- Javiera Blanco Suárez, Ministra del Trabajo.- Helia Molina Milman, Ministra de Salud.- Claudia Pascual Grau, Ministra Directora Servicio Nacional de la Mujer.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.