I.- Modificaciones al Capítulo 18-1.

A) En el N° 3 del título II se sustituye la expresión "del MB1 y del MR1", por "dispuestas por esta Superintendencia para el Sistema Contable,".

B) En el numeral 1.1 del título III se elimina la frase en paréntesis "(o cartera vendida al Banco Central de Chile)"

C) Se sustituye el segundo párrafo del numeral 4.2 del título III por el que sigue:

"En caso de que la institución no mantenga obligación subordinada con el Banco Central de Chile, deberán presentar esta nota para señalar expresamente que no tienen tal obligación, en los términos que se indican en el Anexo N° 4.

D) Se remplaza el tercer párrafo del numeral 4.3 del título III por el siguiente:

"Esta nota deberá incluirse también en el caso en que no existan operaciones o saldos que deban informarse, siguiendo para el efecto la redacción señalada en el Anexo 5.".

E) En el numeral 4.3.2 del título III se remplaza la frase "en las siguientes partidas del formulario MR1: 5105 a 5620, 5705 a 5720, 7105 a 7620, 7705 a 7725 y 7905" por: "en las partidas 5105 a 5720 y 7105 a 7725".

F) En la letra b) del numeral 4.6 del titulo III, se elimina la frase "o para recomprar extraordinariamente cartera al Instituto Emisor".

G) En el numeral 4.9 del título III, se agrega a continuación del punto final del primer párrafo, que pasa a ser una coma (,), la siguiente frase: "o reajustables por la variación del tipo de cambio.

H) Se elimina la letra a) del título IV, pasando las letras b), c) y d) a ser a), b) y e), respectivamente.

I) En la letra e) del N° 2 del título V, se suprime la expresión "15° día previo al".

J) Se remplazan todos los Anexos del Capítulo 18-1, por las nuevas versiones que se adjunta a esta Circular