6.° Las municipalidades despues de hecha la eleccion formarán lista de todas las personas por quienes hayan votado, y el número de votos de cada una, cuya lista firmarán y remitirán sellada a la Asamblea provincial por la que se abrirá y contarán los votos. La persona que tuviere el mayor número de votos será el intendente si el tal número fuere una mayoría del número total de los electores municipales.