Artículo 6°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto ley N° 3.475, de 1980, que establece la ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas:
1. En el número 3 del artículo 1°, reemplázanse los siguientes guarismos:
a. "0,033" por "0,066".
b. "0,4" por "0,8".
c. "0,166" por "0,332".
2. En el artículo 2°, reemplázanse los siguientes guarismos:
a. "0,166" por "0,332"
b. "0,033" por "0,066".
c. "0,4" por "0,8".
3. En el inciso segundo del artículo 3°, reemplázanse los siguientes guarismos:
a. "0,033" por "0,066".
b. "0,4" por "0,8".