Se remplaza en el primer párrafo del N° 10 la expresión "la Gerencia de Operaciones Monetarias del Banco Central de Chile por intermedio de su Departamento de Operaciones de Mercado Abierto" por "el Banco Central de Chile".

En consecuencia, se remplazan las hojas 9 y 10 del Capítulo 2-2, las hojas 2, 8, 10 y 15 del Capítulo 2-4, las hojas 14 y 15 del Capítulo 13-6, las hojas 1, 2 y 3 del Capítulo 13-10 y la hoja 7 del Capítulo 13-20, de la Recopilación ya mencionada, por las que se adjuntan a esta Circular.

Se deroga el Telegrama Circular N° 17 del 13 de diciembre de 1989.