A fin de permitir una mejor comprensión de las operaciones crediticias con personas relacionadas que deben informarse en la Nota N° 3 de los estados de situación, se ha resuelto modificar y complementar el texto de dicha nota, incluido en el Anexo N° 2 del Capítulo 18-2 de la Recopilación Actualizada de Normas.
Con ese propósito, se acompañan a la presente Circular las hojas N°s 3 y 4 del referido Anexo N° 2 con el nuevo texto de la letra a) de la Nota N° 3, el que deberá utilizarse en los estados de situación que se publiquen a contar de esta fecha.
Sírvase, por lo tanto, remplazar las citadas hojas N° s 3 y 4 del Anexo N° 2 del Capítulo 18-2, por las que se adjuntan.