1.- Modificaciones al Capítulo 2-5.

A) Se remplaza, en el primer párrafo del título I, la locución "por un valor de hasta el equivalente de 1.500 ó 1.600 unidades de fomento, según la Región en que esté emplazada, la vivienda" por la siguiente: "hasta  por el valor que establece el mencionado Reglamento".

B) Se remplaza el tercer párrafo del título I por el siguiente:

"Es requisito para postular a ese subsidio, haber enterado el ahorro previo en una cuenta de ahorro a plazo para la vivienda o en una cuenta de ahorro para arrendamiento de vivienda con promesa de compraventa regida por la Ley N° 19.281. Esas cuentas deberán mantenerse en una institución financiera o en alguna de las otras instituciones que para el efecto señala el Reglamento."

C) Se suprime la palabra "financiera" en la frase "en otra institución financiera" del primer párrafo del numeral 1.2 del título II.

D) Se intercala, en la letra g) del numeral 2.3 del título II, a continuación  de la frase "otra institución financiera", lo siguiente: "u otra entidad autorizada para recibirlos".

E) Se agrega la siguiente oración final al último párrafo del numeral 2.3 del título II: "No obstante, también se podrá postular con una permanencia mínima de 12 meses, siempre que el postulante haya completado el total del ahorro pactado, sin que sea necesario modificar el contrato de ahorro.".

2.- Modificaciones al Capítulo 12-11.

Se remplaza el texto de este Capítulo por el siguiente:

"De acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo III.B.2 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile, las instituciones financieras pueden adquirir letras de crédito de su propia emisión hasta por el 5% del monto total de sus emisiones. No obstante, podrán exceder dicho límite siempre que tales adquisiciones no sobrepasen del 50% de su respectivo capital básico.

Para verificar el cumplimiento del límite de que se trata, se computará el valor par de los instrumentos de propia emisión que se mantengan."

En consecuencia, se remplazan las hojas N°s. 1, 3, 5 y 6 del Capítulo 2-5 y la hoja correspondiente al Capítulo 12-11.