Debido a un cambio que se realizará en el procesamiento de los datos del archivo C03, se modifica el Anexo del CAPITULO 4-1, incluyéndose para el indicador referido a obligaciones con el exterior, el monto de las partidas 3505, 3510, 3515, 3520 y 3525, en vez de los importes que corresponden a cada una de sus cuentas.

Este cambio se concretará el 9 de julio próximo. Por consiguiente, a partir de la información referida a esa fecha, se incluirán en el archivo C03 los montos en moneda extranjera de las partidas 3505, 3510, 3515, 3520 y 3525, dejándose de informar las cuentas de esas partidas.

Se remplaza la hoja 2 del Anexo del Capítulo 4-1.