Se prohíbe el uso de uniformes en espacios públicos como parques, plazas, playas, restaurantes, hoteles, locales comerciales y clubes sociales. Además indica que el descanso semanal será los días domingo y de común acuerdo los días sábado.

    Artículo primero.- Las modificaciones introducidas en el Código del Trabajo por el artículo único de la presente ley comenzarán a regir a contar del primer día del tercer mes posterior a su publicación en el Diario Oficial, con excepción de lo dispuesto en el artículo siguiente.