MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 167, DE 1986 Santiago, 5 de Diciembre de 1994.- Hoy se decretó lo siguiente:
    Núm. 188.- Visto: El D.S. N° 167, (V. y U.), de 1986, que reglamenta el Sistema de Subsidio Habitacional para la atención del Sector Rural; el artículo 21 inciso cuarto de la Ley N° 16.391, y las facultades que me confiere el número 8° del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,
    Decreto:

    Artículo único.- Sustitúyese en el inciso tercero del artículo 7° del D.S. N° 167, (V. y U.), de 1986, agregado por el número 2 del artículo único del D.S. N° 20, (V. y U.), de 1994, la expresión "el 31 de Diciembre del mismo año de la postulación", por la locución "el último día del período de postulación correspondiente al llamado siguiente a aquel en que hubiere participado el postulante".
    Por razones de urgencia la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.


    Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Edmundo Hermosilla Hermosilla, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Sergio Galilea O., Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.