Con el propósito otorgar a las instituciones bancarias mayores alternativas en las ofertas de incentivos que hacen al público para promover sus distintos servicios, se ha resuelto reemplazar las disposiciones del Capítulo 18-13 de la Recopilación Actualizada de Normas que regula el otorgamiento de incentivos distintos de los intereses, reajustes o comisiones, a fin de permitir que se ofrezcan beneficios no solamente por los servicios hasta ahora autorizados, sino que ellos puedan hacerse extensivos a otras operaciones y servicios que se tenga interés en promover, como el otorgamiento de créditos de consumo, hipotecarios u otros.
De acuerdo con estas nuevas disposiciones, solamente queda prohibido el ofrecimiento de beneficios distintos de los intereses y reajustes, a los depósitos y captaciones y, en general a cualquier operación pasiva del banco.
En consecuencia, se reemplazan las hojas del Capítulo 18-13, por las que se acompañan a la presente Circular.