Con el objeto de precisar algunas instrucciones y rectificar referencias a otras normas, se introducen los siguientes cambios en la Recopilación Actualizada de Normas:
"De acuerdo con la Ley, los cheques extendidos en forma nominativa sólo pueden ser endosados a un banco en comisión de cobranza Cuando se trate de un cheque que se deposita en una cuenta corriente del beneficiario, el endoso puede hacerse con la sola firma del cuentacorrentista, de su mandatario o de su representante legal. En los demás casos, el banco exigirá el endoso con la cláusula de valor en cobro u otra equivalente."
B) En el último párrafo del numeral 15.2 del CAPITULO 2-4, se sustituye la expresión "8.2" por "8".
C) En el segundo párrafo del numeral 6.1 del CAPITULO 2-7, se reemplaza la locución "las reglas establecidas en el numeral 1.1, título V, del Capítulo 12-9 de esta Recopilación" , por "el plazo promedio ponderado del capital de la operación".
D) En el último párrafo del numeral 2.1 del CAPITULO 3-1 se suprime la frase "Si lo hiciere sin el consentimiento de su cliente, será responsable del perjuicio que le pudiere causar".
E) En el Anexo N° 1 del Capítulo 8-37, se reemplaza la expresión "N° 3" por "N° 4".
F) En el literal c) del numeral 2.4 del título II del CAPITULO 12-1 se sustituye la expresión "letra b)" por "letra c".
Se reemplazan las siguientes hojas de la Recopilación Actualizada de Normas: hoja N° 25 del Capítulo 2-2; hoja N° 22 del Capítulo 2-4; hoja N° 4 del Capítulo 2-7, hoja N° 2° del Capítulo 3-1; hojas correspondientes a los Anexos del Capítulo 8-37; y, hoja N° 10 del Capítulo 12-1.