Esta Superintendencia, en uso de las facultades que le confiere el N° 11 del artículo 24 del Decreto Ley N° 3.475, ha resuelto incorporar las facturas correspondientes a operaciones de exportación, entre los documentos que tienen el carácter de necesarios para cursar operaciones de crédito de dinero destinadas al financiamiento de exportaciones.

Por tal motivo, se remplaza la letra b) del N° 1 del Capítulo 14-8 de la Recopilación Actualizada de Normas por la siguiente:

"b) Los documentos de crédito correspondientes a descuentos o compras de letras de cambio o pagarés aceptados o suscritos a favor del exportador, facturas de exportación u otros documentos originados en exportaciones con forma de pago "en cobranza", o provenientes de la negociación de cartas de crédito."

Se remplaza la hoja N° 1 del Capítulo 14-8 por la que se adjunta a esta Circular.