Esta Superintendencia ha resuelto complementar la información que deben enviar los bancos para abrir nuevas oficinas, a fin de obtener información acerca de los horarios en que atenderá la nueva oficina y el número de potenciales clientes estimados para los servicios o productos que ofrecerá.
Para el efecto, se remplazan los Anexos N°s. 1 y 2 del Capítulo 1-6 de la Recopilación Actualizada de Normas, por los que se acompañan.