La Ley N° 20.202, publicada en el Diario Oficial del 3 de agosto de 2007, modificó el D.L. N° 3.472 que creó el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios, principalmente en el sentido de incrementar el aporte estatal al Fondo, ampliar los tipos de operaciones susceptibles de acogerse a la garantía del Fondo y suprimir el límite de ventas anuales de 14.000 unidades de fomento establecido para los pequeños productores agrícolas para optar a este beneficio, dejándolos afectos al margen de 25.000 unidades de fomento que rige para los pequeños empresarios en general. Además, se faculta al Fondo para que contrate mecanismos de reafianzamiento o de seguro respecto a las garantías vigentes o futuras.

Como consecuencia de lo anterior, se han introducido las modificaciones correspondientes en el "Reglamento de Administración del Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios", el cual es complementado también con otras materias que habían sido objeto de instrucciones para los bancos, además de efectuarse algunos cambios de forma en los textos sin alterar la numeración de su articulado.

El texto actualizado de dicho Reglamento, se ha incorporado en el sitio web de esta Superintendencia.

Junto con lo anterior, se reemplaza el Capítulo 8-9 de la Recopilación Actualizada de Normas, cuyo anexo contenía el Reglamento antes mencionado, por el nuevo texto que se acompaña y que se circunscribe a instrucciones específicas para los bancos que otorguen financiamientos amparados en la garantía del Fondo.