MODIFICA DECRETO Nº 168, DE 1980
Núm. 200.- Santiago, 3 de julio de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32º Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile; los DFL del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 53 y Nº 105, ambos de 1979; el artículo 1º del DFL 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el decreto supremo Nº 168, de 1980, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y sus modificaciones posteriores; y la resolución de la Contraloría General de la República Nº 1.600, de 2008.
Decreto:
Artículo único: Modifícase en el siguiente sentido el literal c) del artículo 6º del decreto supremo Nº 168, de 1980, del Ministerio de Relaciones Exteriores, y sus modificaciones posteriores, que aprueba el Reglamento Orgánico de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales:
a) A continuación de la frase "reconocida por éste" sustitúyase la coma (,) por un punto (.).
b) Suprímese la oración "en alguno de los siguientes ámbitos: Ingeniería, Economía, Administración de Empresas, Ciencias Jurídicas y Sociales como, asimismo, haber obtenido previamente el grado Académico de Licenciado respectivo según lo prevé el artículo 52 de la ley Nº 18.962.".
Anótese, tómese razón, publíquese y archívese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- Alberto Arenas de Mesa, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.