PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN EL TRAMO DE VÍA QUE INDICA
Núm. 10.182 exenta.- Santiago, 2 de diciembre de 2014.- La ley Nº 18.059; las resoluciones Nº 39, de 1992, y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, Nº 18.290; el decreto supremo Nº 83/1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta Nº 347, de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones posteriores; solicitud de Besalco S.A., de 19 de noviembre de 2014; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, mediante carta de fecha 19 de noviembre de 2014, la empresa Besalco S.A., ha solicitado, en el marco de trabajos denominados "Proyecto Mejoramiento Integral Infraestructura Ferroviaria, tramo Santiago - Rancagua, Paso Nos, comuna de San Bernardo", el cierre al tránsito de todo tipo de vehículos motorizados en Camino Nos Los Morros (Regina Gálvez) en tramo que se indica, de la comuna de San Bernardo
2.- Que, esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer todas las medidas de gestión de tránsito necesarias con el objetivo de disminuir el impacto en el flujo vehicular que significará el cierre de la vía referida en el considerando anterior.
3.- Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito para disponer la medida que se establece en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Resuelvo:
1.- Prohíbase, la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, desde el 9 de diciembre de 2014 hasta el Resolución 6048 EXENTA,
SALUD
N° 1
D.O. 21.12.201531 de enero de 2016, en la vía, tramo y sentido de tránsito que a continuación se indica:
SALUD
N° 1
D.O. 21.12.201531 de enero de 2016, en la vía, tramo y sentido de tránsito que a continuación se indica:

2.- Podrán ingresar excepcionalmente en el tramo señalado, los vehículos de emergencia y los destinados a cumplir funciones en las obras relacionadas con el proyecto "Mejoramiento Integral Infraestructura Ferroviaria, tramo Santiago - Rancagua, Paso Nos, comuna de San Bernardo".
3.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Tránsito.
Anótese y publíquese.- Matías Salazar Zegers, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.