DISPONE ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA LA REGIÓN METROPOLITANA Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS CORRESPONDIENTE AL MES DE ABRIL DEL LLAMADO EXTRAORDINARIO 2014, QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE SUBSIDIOS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN AL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU MODALIDAD REGULADA POR CAPÍTULO II DE LA ATENCIÓN A CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES
   
    Núm. 1.378 exenta.- Santiago, 30 de junio de 2014.- Vistos:

1.  Lo dispuesto en la ley 16.391/1965, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
2.  El DL Nº1.305 (V. y U.) de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
3.  La ley Nº 20.713 de Presupuestos del Sector Público, año 2014.
4.  El decreto supremo Nº 397, de 1976 (V. y U), y sus modificaciones posteriores y el DS Nº 42 (V. y U.), del 28 de marzo de 2014.
5.  El decreto supremo Nº 255 (V. y U.), de 2006, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, y sus modificaciones.
6.  La circular Nº 3 Subsecretaría (V. y U.), de fecha 24 de enero de 2014, que informa sobre Programa Habitacional 2013.
7.  La resolución Nº 533, de 1997, que Fija Procedimiento para Prestación de Servicios de Asistencia Técnica a Programas de Viviendas que indica y deroga la resolución Nº 241 (V. y U.) de 1996.
8.  La resolución exenta Nº 9.321 (V. y U.), de 2013, que autoriza a efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2014 en el otorgamiento de subsidios habitacionales.
9.  La resolución exenta Nº 955 (V. y U.) de fecha 12 de febrero de 2014, y sus modificaciones, que dispone Llamado Extraordinario 2014 a postulación para el desarrollo de proyectos del Programa Protección del Patrimonio Familiar en su modalidad regulada por el Capítulo II, de la atención a Condominios de Viviendas Sociales.
10.  Lo prescrito en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.

    Considerando: 1.- Que, habiéndose cerrado el proceso de postulación al mes de abril de 2014, del Llamado Extraordinario de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en su modalidad regulada por el Capítulo II, De la atención de Condominios de Viviendas Sociales, se procedió a seleccionar a los beneficiarios de acuerdo a lo señalado en la resolución exenta Nº 955 (V. y U.), de 12.02.2013 y sus modificaciones posteriores y al DS 255/2006, dicto la siguiente:
     
    Resolución:
     
    1. Autorízase el incremento de subsidio en el Titulo II, por un monto máximo de 10 UF por postulante según lo indica el resuelvo Nº 20 de la resolución exenta Nº 955 (V. y U.) de fecha 12.02.2014, para la remoción de elementos de asbesto cemento de las siguientes copropiedades:
     
    .
     
    2. Comprométanse los recursos para la selección del mes de abril de 2014 para el desarrollo de proyectos en Condominios de Viviendas Sociales, que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de asistencia técnica, según la distribución que se señala a continuación:
   
   
   
   
   
   
   
   
     
    .
     
    3. Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al mes de abril de 2014, de acuerdo con lo dispuesto en el resuelvo número 1 de la resolución exenta Nº 955 (V. y U.), de 2014, y sus modificaciones. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán forman parte de la presente resolución.

    4. Fíjase el número de postulantes seleccionados en la Región Metropolitana de acuerdo a la distribución regional de recursos consignada en el resuelvo número 14º para los proyectos que se financiarán conforme lo dispone el resuelvo 15º, ambos de la resolución exenta Nº 955 (V. y U.), de 2014, y sus modificaciones, según se indica en la tabla que a continuación se insertaResolución 1981 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2
D.O. 11.12.2014
:
     
  .
     
    5. Publíquese, en un periódico de circulación regional, sin perjuicio de la ulterior publicación en el Diario Oficial, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al cuadro inserto en el resuelvo Nº 4 precedente, las que deberán contener, a lo menos, la comuna, el Titulo y la modalidad de proyecto del cual se trate del DS Nº 255/2006, nombre de cada postulante con su respectiva cédula nacional de identidad.





   
















NOTA
      El numeral 1 de la Resolución 2440 Exenta, Vivienda, publicada el 28.09.2015, modifica la tabla inserta en el numeral 2 de la presente Resolución, en el sentido de reemplazar la fila correspondiente al Proyecto Habitacional Condominio Nº 1 de la Villa La Fundación, RUT Nº 53321894-6, de la comuna de Macul, por aquella que la citada norma indica.
NOTA 1
      El numeral 1 de la Resolución 2525 Exenta, Vivienda, publicada el 06.10.2015, modifica la tabla inserta en el sentido de reemplazar en la tabla inserta la fila correspondiente al Proyecto Habitacional Condominio Nº 2 de la Villa La Fundación, RUT Nº 53.321.899-7, de la comuna de Macul, por aquella que la citada norma indica.
NOTA 2
      El numeral 1 de la Resolución 2970 Exenta, Vivienda, publicada el 25.11.2015, modifica la tabla inserta en el numeral 2 de la presente Resolución, en el sentido de reemplazar la fila correspondiente al Proyecto Habitacional Condominio Nº 3 de la Villa La Fundación, RUT Nº 53.321.897-0, de la comuna de Macul, por aquella que la citada norma indica.
NOTA 3
      El numeral 1 de la Resolución 997 Exenta, Vivienda, publicada el 06.05.2016, modifica la tabla inserta en el numeral 2 de la presente Resolución, en el sentido de reemplazar las filas correspondientes a los Proyectos Habitacionales: Condominio I, RUT N° 105546; Condominio III, RUT N° 105551; Condominio IV, RUT N° 105552; Condominio V, N° 84035; Condominio VII, RUT N° 84050, Condominio X, RUT N° 84054, de la comuna de Renca Y Condominio N° 8 La Fundacion, N° 53321896-2, de la comuna de Macul, por aquella que la citada norma indica.
NOTA 4
      El numeral 1 de la Resolución 2542 Exenta, Vivienda, publicada el 15.09.2016, modifican el numeral 2 de la presente norma en el sentido de reemplazar la tabla inserta en los términos que la citada norma indica.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Aldo Ramaciotti Fracchia, Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo.