MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.534 EXENTA, DE 2008
Núm. 4.520 exenta.- Santiago, 10 de diciembre de 2014.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones;
c) El decreto supremo Nº 747, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Plan Técnico Fundamental de Numeración Telefónica, y sus modificaciones;
d) La resolución exenta Nº 1.534, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que estableció Numeración para Servicios de Emergencia y Procedimiento de Asignación correspondiente, y sus modificaciones;
e) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón; y
Considerando: Que se ha estimado necesario establecer que la numeración para servicios de emergencia que se asigna, faculta a la respectiva institución que provee el servicio, para utilizarla también para servicios de emergencia mediante mensajería de texto y multimedial; y, en uso de mis atribuciones legales,
Resuelvo:
Modifíquese la resolución exenta Nº 1.534 de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, citada en la letra d) de los Vistos, en el siguiente sentido:
Artículo 1º Agréguese en el artículo 1º, a continuación del punto final, lo siguiente:
"En caso de que la institución proveedora del servicio de emergencia lo desee, podrá utilizar, además, mensajería de texto y multimedial.".
Artículo 2º Agréguese en el artículo 12º, a continuación del punto final, lo siguiente:
"La numeración asignada permitirá a la respectiva institución utilizarla también para servicios de emergencia mediante el empleo de plataformas, propias o de terceros, de mensajería de texto y multimedial.".
Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Pedro Huichalaf Roa, Subsecretario de Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Pezoa Lizama, Jefe División Política Regulatoria y Estudios Subrogante.