APRUEBA ENMIENDA AL PLAN REGULADOR COMUNAL
Núm. 9.132 exento.- La Unión, 5 de diciembre 2014.- Vistos:
1. La necesidad de modificar la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal Vigente, respecto a usos de suelo permitidos en zona ZR-4.
2. Lo dispuesto en el Artículo 2.1.13. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, su respecto a la modalidad de procedimiento para enmiendas al Plan Regulador Comunal.
3. El Acuerdo Nº 351 adoptado por el Concejo Municipal en sesión ordinaria de fecha 13 de mayo de 2014, que aprueba en forma unánime enmendar los usos de suelo permitidos en zona ZR-4.
4. La exposición del proyecto en primera audiencia pública en barrio afectado con fecha 12 de junio de 2014.
5. La consulta al Concejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, COSOC, en sesión citada expresamente para este efecto, realizada el 25 de junio de 2014.
6. La exposición del proyecto a la comunidad realizada con fecha 1 de julio 2014, por un plazo de 30 días.
7. La 2º audiencia pública realizada el 7 de agosto de 2014.
8. El acuerdo de concejo Nº 453 de fecha 23 de septiembre de 2014, que aprueba en forma unánime la enmienda.
9. En uso de las facultades que me confiere la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus posteriores modificaciones.
Decreto:
Apruébese, enmienda Plan Regulador Comunal de La Unión, en lo referido al artículo 27, respecto a usos y normas específicas de la zona ZR-4 de acuerdo a lo siguiente:
a) Usos de suelo permitidos:
- Áreas verdes
- Equipamiento en las siguientes clases: Científico, Salud, Esparcimiento, Servicios, Social, Culto y Cultura.
b) Usos de suelo prohibidos:
Todos aquellos no señalados como permitidos.
c) Normas especiales de subdivisión predial y edificación:
Superficie predial mínima : 1.000 m2
Coeficiente de ocupación del suelo : 0,5
Coeficiente de constructibilidad : 1,0
Sistema de agrupamiento : Aislado.
Altura máxima de edificación : Según rasante y distanciamiento,
art. 2.6.3 de la Ordenanza General
de Urbanismo y Construcciones,
DS Nº 47 (V. y U.) de 1992.
Antejardín : 3 mts.
La presente enmienda regirá desde la fecha de publicación en el Diario Oficial.
Publíquese, en el Diario Oficial de la República de Chile.
Anótese, comuníquese y archívese.- María Angélica Astudillo Mautz, Alcaldesa.- Mónica Díaz Ojeda, Secretaria Municipal.