Con el objeto de mejorar el proceso de envío y digitalización de la información que se recibe de parte de los bancos, se ha decidido utilizar la Extranet de que dispone esta Superintendencia, como medio de comunicación de los hechos esenciales de que trata el Capítulo 18-10 de la Recopilación Actualizada de Normas. Por tal motivo, se introducen las siguientes modificaciones al numeral 4.1 del citado Capítulo:

a) En el primer párrafo, a continuación de la palabra "Seguros", se agrega una coma y se intercala lo siguiente: "tan pronto como ocurran o se tome conocimiento de ellos".

b) Adicionalmente, se incorpora el siguiente párrafo segundo:

"La información que corresponda remitir a esta Superintendencia, de acuerdo a lo indicado en el párrafo anterior, deberá ser enviada a través de la Extranet de que dispone este Organismo y en formato PDF "desprotegido", de modo que el usuario pueda copiar o extractar partes de él sin alterar el original.".

Las instrucciones para utilizar la Extranet de la Superintendencia, para los fines de que trata la presente Circular, serán puestas a disposición de los bancos oportunamente.

La presente modificación rige para el envío de los hechos esenciales que se generen a partir del día 17 de marzo del año 2014.

Se remplaza la hoja N° 3 del citado Capítulo, por el que se acompaña.