En relación con las modificaciones introducidas a la letra a) del artículo 70 de la Ley General de Bancos por la Ley N° 20.448, publicada en el Diario Oficial del 13 de agosto de 2010, se efectúan los siguientes cambios en los Capítulos de la Recopilación Actualizada de Normas que se indican:

A) En el Capítulo 7-1:

- Se reemplaza la letra d) del numeral 7.1.1 por la que sigue:

"d) Pagos de primas de seguros de desgravamen y de cesantía, cuando sea el caso."

- Se elimina el numeral 7.2.3.

B) En el Capítulo 11-6:

Se sustituye la última oración de la letra f) del Título II, por la siguiente: "Al respecto la ley prohíbe condicionar el otorgamiento de créditos a la contratación de los seguros que los bancos ofrezcan y otorga a los deudores el derecho de contratar libremente las pólizas en cualquiera de las entidades que las comercialice, siempre que se mantengan las mismas condiciones de cobertura exigidas para el otorgamiento del crédito."

Se reemplazan las siguientes hojas N°s. 10,12 y 13 del Capítulo 7-1 y la hoja N° 2 del Capítulo 11-6.