La presente ley establece una estimulo para el personal de planta y contrata del Servicio Agrícola y Ganadero, además considera una asignación frontera y la modificación a la ley 19.352 de la planta del personal del Servicio.

    Artículo 3º.- El componente fijo a que se refiere la letra a) del artículo 2º ascenderá a $100.000.- brutos mensuales.
    A contar del mes de diciembre del año 2016, el componente fijo se reajustará conforme a los reajustes generales de remuneraciones que se otorguen a los trabajadores del sector público.