La presente ley establece una estimulo para el personal de planta y contrata del Servicio Agrícola y Ganadero, además considera una asignación frontera y la modificación a la ley 19.352 de la planta del personal del Servicio.
     
    Artículo 5º.- Establécese, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, una asignación de frontera para el personal de planta y a contrata del Servicio Agrícola y Ganadero que desempeñe labores en alguno de los controles fronterizos terrestres de tipo pernoctable del país, los cuales serán determinados mediante resolución exenta del Director del Servicio.