La determinación del valor razonable (fair value) de instrumentos financieros constituye un elemento clave para la debida administración del riesgo de mercado y la aplicación de los correspondientes criterios contables. En concordancia con esto, se ha resuelto incorporar a la Recopilación Actualizada de Normas el Capítulo 7-12 "Valor razonable de instrumentos financieros".

Las disposiciones que contiene ese Capítulo se harán exigibles sólo una vez que entre en vigor, según el plazo que para el efecto se disponga, cualquier instrucción que esta Superintendencia imparta en el futuro acerca del uso del valor razonable para valorar instrumentos financieros.

No obstante, en atención a la naturaleza y alcance de estas normas, se ha estimado conveniente poner en conocimiento de las instituciones financieras esta materia, a fin de que adopten desde ya las medidas necesarias para desarrollar o perfeccionar sus procedimientos o sistemas en concordancia con los criterios generales que se entregan.

Junto con agregarse a la Recopilación Actualizada de Normas el nuevo Capítulo 7- 12, se reemplaza la hoja 2 del Indice de Capítulos y la hoja N° 29 del Indice de Materias.