MODIFICA DECRETO Nº 215, DE 2007, QUE CREA, DISPONE GUARNICIÓN Y FIJA DEPENDENCIA ORGÁNICA DEL CENTRO DE ENTRENAMIENTO DE COMBATE ACORAZADO DEL EJÉRCITO
     
    Santiago, 4 de septiembre de 2014.- Con esta fecha S.E. ha decretado lo siguiente:
    Núm. 472.- Visto:

a)  El artículo 32, Nos 6 y 17 de la Constitución Política de la República.
b)  La ley Nº18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas.
c)  Ley Nº 20.424, Orgánica del Ministerio de Defensa Nacional.
d)  El decreto supremo Nº 215, de 09.Nov.2007 del MDN.
e)  El decreto supremo (S) Nº 67, de 09.Jun.2005, del MDN, que crea, dispone guarnición y fija dependencia orgánica de Unidad del Ejército que indica.
f)  La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
g)  Lo solicitado por el Comandante en Jefe del Ejército en el memorándum CJE EMGE DOE IIa (R) Nº 6030/8459 de 06.Nov.2013.
h)  El informe de la División Jurídica de la Subsecretaría para las FF.AA. Nº 7201, del 16.Dic.2013.
     
    Considerando:
     
1)  Lo previsto en el proceso de racionalización de la estructura y desarrollo de la Fuerza del Ejército, en relación con la consolidación de la orgánica institucional.
2)  La necesidad de modificar la dependencia orgánica del Centro de Entrenamiento de Combate Acorazado del Ejército, a fin de que dicho organismo responsable de ejecutar los procesos de capacitación y entrenamiento de las tripulaciones y sirvientes que integran los nuevos sistemas de armas adquiridos, pase a integrar la estructura orgánica de la División Escuelas.
     
    Decreto:
   
    1) Modifícase a partir del 1 de enero de 2014, el decreto supremo Nº 215, de 09.Nov.2007, del MDN, en cuanto a la dependencia orgánica del Centro de Entrenamiento de Combate Acorazado del Ejército, el que pasará a depender de la División Escuelas, dejando de depender de la VI. División de Ejército.
    2) La presente modificación no afectará las plantas autorizadas del Ejército y no irrogará mayor gasto fiscal.



NOTA
      El número 3 del Decreto 161, Defensa, publicado el 19.04.2022, modifica el número 1 de la presente norma en el sentido de establecer que el "Centro de Entrenamiento de Combate Acorazado del Ejército" pasa a depender orgánicamente del Comando de Operaciones Terrestre del Ejército, a partir de la total tramitación del citado decreto supremo.

    Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial del Ejército.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Jorge Burgos Varela, Ministro de Defensa Nacional.
    Lo que se transcribe para su conocimiento.- Gabriel Gaspar Tapia, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.