APRUEBA MODIFICACIÓN A LA "ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS MUNICIPALES, COMUNA DE VILLA ALEMANA"
     
    Núm. 2.887.- Villa Alemana, 26 de diciembre de 2014.- Vistos: El decreto alcaldicio Nº 2.299 de fecha 14 de octubre del año 2014, que  aprobó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la "Ordenanza sobre Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios Municipales, comuna de Villa Alemana".
    El Acuerdo del H. Concejo Municipal, adoptado en la sesión ordinaria Nº 68 de fecha 10 de octubre del año 2014, por medio del cual se aprobó la incorporación a la Ordenanza Municipal, ya citada precedentemente, de diversos derechos por uso del Polideportivo Nicolás Massú Fried.
    El Certificado Nº 125 de fecha 10 de octubre del año 2014, del Secretario Municipal, que da cuenta de acuerdo del H. Concejo Municipal, ya citado.
    Lo dispuesto en el artículo 42 y demás pertinentes del decreto ley Nº 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales; y, las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades
     
    Decreto:
     
    1.- Apruébese la siguiente modificación a la Ordenanza Municipal denominada: "Ordenanza sobre Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios Municipales, Comuna de Villa Alemana" (en adelante "la Ordenanza Municipal"), ya citada en los Vistos de este decreto alcaldicio:
     
-    Incorpórese al artículo 9º de la Ordenanza Municipal, la siguiente letra D), con los siguientes nuevos derechos:

D)  Derechos de uso Polideportivo Nicolás Massú Fried.

    1. Uso deportivo por hora. Cancha y Camarines. Sin venta de entradas. Valor Hora UTM
     
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    2. Uso deportivo por partido. Cancha y Camarines. Con venta de entradas. Valor Hora UTM
     
        Las instituciones públicas y privadas y las personas naturales deberán pagar 10% de lo recaudado, con un mínimo por hora, de acuerdo al siguiente detalle:
     
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    3. Uso artístico - cultural. Cancha y Camarines. Con venta de entradas. Valor Hora UTM
     
        Las instituciones públicas y privadas y las personas naturales deberán pagar 10% de lo recaudado, con un mínimo por hora, de acuerdo al siguiente detalle:
     
    .
     
        Las organizaciones comunitarias regidas por la ley Nº 19.418, quedarán exentas del pago de derechos cuando se trate de eventos artístico- culturales de carácter gratuito.
     
    4. Derechos por entrenamiento muscular, gimnasia aeróbica, zumba, yoga u otros similares:
     
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        El valor hora y valor mensual se reajustarán en el mes de enero de cada año, según la variación acumulada del IPC (Índice de Precios al Consumidor) del año inmediatamente anterior.

        Las personas menores de 14 años deberán entregar una autorización de quien tenga la tuición y un certificado de salud compatible, sólo para el uso de la Sala de Fitness Musculatura.
     
    5. Publicidad:
     
        Los derechos por publicidad permanente en cualquier dependencia del Polideportivo Nicolás Massú y que excede a un evento, se cobrarán por metro cuadrado o fracción y de manera mensual, salvo que expresamente se indique otro plazo.
     
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    6. Garantía:
     
        Todos los organizadores de espectáculos y/o eventos deportivos, previamente calificados con el Informe Técnico del Departamento de Deportes, deberán dejar un vale vista o una boleta de garantía a todo evento, de $1.000.000.- a nombre de la Ilustre Municipalidad de Villa Alemana, con una vigencia de 30 días corridos a partir de la fecha del espectáculo y/o evento deportivo.
     
    7. Otros:
     
    a) Los eventos deportivos y/o culturales organizados por la I. Municipalidad de Villa Alemana y el  I.N.D., quedarán exentos de pago de derechos municipales.
    b) Las personas con ingreso acreditado igual o menor al Ingreso Mínimo Mensual, quedarán exentos de pago.
    c) Todo adulto mayor de 60 años, con una pensión igual o menor al Ingreso Mínimo Mensual, quedará exento del pago de derechos municipales.
    d) A todo adulto mayor de 60 años, con una pensión superior al Ingreso Mínimo Mensual, se le aplicará un 50% de descuento a los respectivos derechos.
    e) Los eventos deportivos y/o culturales patrocinados por la I. Municipalidad de Villa Alemana, pagarán hasta un 50% de los derechos correspondientes, previo informe del Departamento de Deportes.
    f) Cuando se trate de eventos deportivos y/o culturales con fines benéficos, debidamente certificados y con Vº Bº del Departamento Social de la Municipalidad, el Alcalde podrá rebajar o dejar exento del pago de derechos por uso de la multicancha.
     
    2.- Dispóngase la redacción de un texto refundido, coordinado y sistematizado, de la Ordenanza Municipal citada en los Vistos de este decreto alcaldicio, que incluya las modificaciones contenidas en este acto administrativo, así como toda otra norma sobre la misma materia; labor que corresponderá realizar al Departamento Jurídico.
    3.- Establécese, que los nuevos derechos fijados por este decreto alcaldicio, comenzarán a regir a contar del día 1º de febrero del año 2015.
    4.- Publíquese el presente decreto alcaldicio en la página web municipal, sin perjuicio de su publicación también en el Diario Oficial.

     
    Anótese, comuníquese, notifíquese y archívese.- Jorge Jorquera Ortiz, Alcalde (S).- Patricio Torres Palominos, Secretario Municipal.