Por decreto exento Nº 25, de 14 de enero de 2015, de este Ministerio, la pesquería artesanal de Congrio dorado de la X Región de Los Lagos, quedará sometida al Régimen Artesanal de Extracción por Área, para las embarcaciones artesanales de una eslora menor o igual a 12 metros, del modo que a continuación se indica:
     
    Área Calbuco A; Área Calbuco C; Área Chiloé B; Área Chiloé C; Área Hualaihué; Área Palena; Área Patagonia; Área Puerto Montt A; Área Puerto Montt B.
     
    La pesquería artesanal antes mencionada quedará sometida al régimen artesanal de extracción por organizaciones de pescadores artesanales, para las embarcaciones artesanales de una eslora mayor a 12 metros, según se detalla: Asociación Gremial de Armadores Espineleros de Fondo de la Provincia de Chiloé, Chiloé Palangres A.G., Registro de Asociaciones Gremiales 227-10.
           
    El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
     
    Valparaíso, 14 de enero de 2015.- Raúl Sunico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.