MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.820 EXENTA, DE 2003, QUE FIJA PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN PRÁCTICA DEL PROGRAMA DE PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA
Santiago, 26 de enero de 2015.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 509 exenta.- Visto: El DS Nº 114 (V. y U.), de 1994, que Reglamenta el Programa de Pavimentación Participativa, en especial lo dispuesto en su artículo 9º; la resolución exenta Nº 1.820 (V. y U.), de 2003, y sus modificaciones, que Fija Procedimiento para Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa; el decreto Nº 947, de 14 de abril de 2014, del Ministerio del Interior, que señaló a las comunas de Valparaíso y Viña del Mar como zonas afectadas por catástrofe derivada del incendio ocurrido en la primera de ellas, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente
Resolución:
Modifícase la resolución exenta Nº 1.820 (V. y U.), de 2003, que Fija Procedimiento Para Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa, en el sentido de agregar el siguiente artículo 9º Transitorio:
"Artículo 9º Transitorio: Las postulaciones de la comuna de Valparaíso que participen y resulten seleccionadas en el 24º Proceso de Selección de Proyectos que realiza la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Valparaíso, estarán exentas de realizar aportes complementarios por obras anexas, imprescindibles para la construcción de las obras de pavimentación que incluyen sus respectivos proyectos aprobados por el Servicio de Vivienda y Urbanización de Valparaíso, en consideración al decreto que señala a la comuna de Valparaíso zona afectada por catástrofe.".
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Jaime Romero Álvarez, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.