DELEGA FACULTAD PARA CONCEDER PERMISOS INTERNACIONALES DE TRANSPORTE TERRESTRE, DE PASAJEROS Y DE CARGA, EN FUNCIONARIOS QUE INDICA Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES
     
    Núm. 319 exenta.- Santiago, 18 de febrero de 2015.- Visto: El Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre promulgado por decreto supremo Nº 257, de 1991, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el artículo 1º letra h) del DFL 279 de 1960, del Ministerio de Hacienda; el "Convenio Argentino Chileno de Transporte Terrestre en Tránsito para vincular dos puntos de un mismo país" ratificado por el DL 557 de 1974; los artículos 5, 23 y 41 de la ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido y sistematizado se fijó por DFL Nº 1 - 19.653 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley Nº 19.524 que fija la planta única de la Subsecretaría de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta Nº 2.330, de fecha 19 de diciembre de 2006; la resolución exenta Nº 4.007, de fecha 29 de diciembre de 2010; la resolución exenta Nº 775, de fecha 1 de diciembre de 2011; la resolución exenta Nº 333, de fecha 5 de febrero de 2013, y la resolución exenta Nº 271, de fecha 6 de febrero de 2015, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y demás disposiciones pertinentes.

    Considerando:

    1.- La necesidad de ejercer en forma más eficiente y expedita el otorgamiento de las autorizaciones para efectuar servicios internacionales de pasajeros y carga, en el ámbito del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre y Actas de las Autoridades que lo complementen.
    2.- La resolución exenta Nº 35, de 31 de enero de 2005, de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, que señala los pasos fronterizos habilitados para la concesión, por la Subsecretaría de Transportes de permisos para efectuar transporte internacional de carga o de pasajeros

    Resuelvo:

    1.- Delégase en don Pablo Ortiz Méndez, funcionario de la planta directiva, grado 4º de la EUS, Jefe del Departamento de Asuntos Internacionales de la Subsecretaría de Transportes, la facultad de conceder los permisos internacionales de transporte terrestre de pasajeros y carga, en el ámbito del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre, y del "Convenio Argentino Chileno de Transporte Terrestre en Tránsito para vincular dos puntos de un mismo país". En el caso de los permisos de transporte de carga, la facultad de conceder permisos internacionales se ejercerá respecto de aquellas empresas de transporte que acrediten tener domicilio principal dentro de la Región Metropolitana.
    En ausencia del funcionario invidualizado anteriormente, la facultad delegada será ejercida por el funcionario a contrata con función directiva, grado 9º de la EUS, don Enrique Arce Klein, quien en su ausencia será subrogado en estas funciones, por el funcionario a contrata con función directiva, grado 4º de la EUS, don Alfredo Steinmeyer Espinosa, quien a su vez, en caso de ausencia de este último, será subrogado en estas tareas, por el funcionario de planta directiva, grado 4º de la EUS, don Sergio Eduardo Stephan Orellana, Jefe de Departamento, todos funcionarios de la Subsecretaría de Transportes.
    2.- Las autorizaciones o permisos, sólo podrán concederse a través de los pasos fronterizos habilitados que se indican en la resolución exenta Nº 35, antes citada, que se tiene presente en esta resolución.
    La concesión de permisos que contemple el uso de pasos fronterizos no indicados en la resolución exenta Nº 35, requerirá del informe de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites.
    3.- No obstante lo anterior, los siguientes documentos, de trámite administrativo, serán firmados por el funcionario a contrata, grado 9º de la EUS, don Enrique Arce Klein, quien en su ausencia será subrogado en estas funciones, por el funcionario de planta directiva, grado 4º de la EUS, don Alfredo Steinmeyer Espinosa, quien a su vez, en caso de ausencia de este último, será subrogado en estas tareas, por el funcionario de planta directiva, grado 4º de la EUS, don Sergio Eduardo Stephan Orellana, Jefe de Departamento, todos funcionarios de la Subsecretaría de Transportes. Asimismo, Resolución 363 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1
D.O. 01.03.2019
podrá suspender o cancelar los permisos de transporte internacional, en aquellos casos en que se establezca dicha sanción por la resolución que los concedió. Asimismo, en ausencia de todos los funcionarios antes individualizados, la subrogancia la ejercerá el funcionario de la planta directiva, grado 4º de la EUS Jefe del Departamento de Asuntos Internacionales de la Subsecretaría de Transportes don Pablo Ortiz Méndez.

    Pasajeros

    - Permisos complementarios
    - Documentos de idoneidad
    - Permisos de circuitos cerrados
    - Modificaciones de flota
    - Permisos provisorios complementarios.
     
    Carga


    - Permisos complementarios
    - Permisos ocasionales
    - Modificaciones flota originarios
    - Modificaciones de flota complementarias
    - Documentos de idoneidad
    - Permisos de circulación internacional.

    4.- Déjese sin efecto la resolución exenta Nº 2.330, de fecha 19 de diciembre de 2006, y sus posteriores modificaciones, contenidas en la resolución exenta Nº 4.007, de fecha 29 de diciembre de 2010, en la resolución exenta Nº 775, de fecha 1 de diciembre de 2011, en la resolución exenta Nº 333, de fecha 5 de febrero de 2013 y resolución exenta Nº 271, de fecha 6 de febrero de 2015, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.




    Anótese y publíquese.- Cristián Bowen Garfias, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones (S).
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Juan Domingo Flores Ferrando, Jefe División Administración y Finanzas (S).