Artículo 10.- El personal del Ministerio estará afecto a las disposiciones de la ley Nº18.834 sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y en materia de remuneraciones, a las normas del decreto ley Nº249, de 1974, y su legislación complementaria.