En la presente ley se establecen los objetivos y funciones del Ministerio de la mujer y la Equidad de Género; y presenta las modificaciones de la ley N° 19.023 del Servicio Nacional de la Mujer, con la intención de garantizar el acceso a la mujer de los recursos económicos y políticos, para conseguir la igualdad entre ambos géneros.
   
    Artículo 12.- A contar de la fecha en que entre en funciones el Ministerio, el Servicio Nacional de la Mujer se denominará "Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género". En consecuencia, modifícase en tal sentido dicha expresión en todas las referencias en que aparezca.