Artículo único: Modifícase el inciso segundo del artículo cuarto, del decreto supremo Nº718, del 29 de abril de 2014, del Ministerio de Hacienda, de la siguiente forma:
     
    1. Reemplázase la palabra "enero" por "agosto".
    2. Sustitúyase toda la oración que sigue al punto seguido por la siguiente "En el mes de septiembre de 2015 finaliza el funcionamiento de la Comisión.".