La presente ley, extiende el plazo de cierre para entregar nuevas concesiones en acuicultura, lo que permite modificar distintos cuerpos legales como modificar la ley N° 20.434, que modifico la ley de pesca y acuicultura en materia de acuicultura, la ley N° 20.583, que modifica normas sanitarias y de ordenamiento territorial para las concesiones de acuicultura, la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, ampliando en 5 años la causal de caducidad de la concesión y suspende el ingreso de solicitudes, cualquiera sea la especie o grupo de especies en la Región de los Lagos.
     
    Artículo 5º.- Vencido el plazo de 3 años contado desde la publicación de esta ley, perderán la preferencia para relocalizarse las concesiones que hayan quedado ubicadas en franjas de distancia obligatoria entre macro zonas. Asimismo, vencido el plazo de 4 años cantado desde la fecha de publicación de la presente ley, perderán la preferencia para relocalizarse las concesiones que hayan quedado ubicadas en las aguas marítimas de parques nacionales.