La presente ley, extiende el plazo de cierre para entregar nuevas concesiones en acuicultura, lo que permite modificar distintos cuerpos legales como modificar la ley N° 20.434, que modifico la ley de pesca y acuicultura en materia de acuicultura, la ley N° 20.583, que modifica normas sanitarias y de ordenamiento territorial para las concesiones de acuicultura, la ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, ampliando en 5 años la causal de caducidad de la concesión y suspende el ingreso de solicitudes, cualquiera sea la especie o grupo de especies en la Región de los Lagos.
     
    Artículo 6º.- Las solicitudes de relocalización a que hace referencia la ley Nº 20.434 deberán presentarse dentro del plazo de un año, contado desde que se haya determinado la inexistencia del caladero de pesca conforme a lo dispuesto en el artículo 7º de la presente ley.