En la presente ley, se otorga una bonificación por retiro voluntario a los profesionales de la educación parvularia, básica y media del sector municipal que hayan cumplido sesenta y más años de edad si son mujeres o sesenta y cinco o más años de edad si son hombres, para que se pensionen por vejez y puedan hacerlo en buenas condiciones económicas.

    Artículo 8º.- El mayor gasto fiscal que represente durante el año 2015 la aplicación de la presente ley se financiará con cargo al Presupuesto del Ministerio de Educación y, en lo que faltare, con traspasos provenientes de la partida presupuestaria del Tesoro Público.".