Artículo 3º.- Los Órganos de la Administración del Estado podrán adscribirse al Escritorio y a la Plataforma, con el fin de facilitar que los diferentes trámites y servicios que cada uno presta puedan ser provistos a través de los medios electrónicos que dispondrá la Plataforma.
    Cada órgano deberá elaborar y acordar con Decreto 21, ECONOMÍA
Art. primero, N° 3
D.O. 02.06.2021
la Subsecretaría un Plan para proveer los servicios y trámites que prestará a través de esta Plataforma.
    Los órganos privados de interés públicos señalados en el artículo 2º Nº1 del presente decreto podrán adscribirse al Escritorio y a la Plataforma, facilitando que los diferentes trámites y servicios que presten puedan ser provistos a través de los medios electrónicos que dispondrá la Plataforma, conforme a lo que acuerden con la Subsecretaría.