1.1 Agrégase en el acápite 1º, del numeral 3º, Talca, lo siguiente:
    . El tramo urbano de la Ruta K-511, desde la Ruta 5 a la Ruta K-55, a través de: Av. Batalla de Lircay y Av. San Valentín.

    2. Téngase presente que las calles o avenidas declaradas caminos públicos en el presente decreto, sólo se considerarán como tales para los efectos de lo dispuesto en la legislación sobre caminos públicos, sin que por ello pierdan sus características de vías urbanas, sujetas a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza y de los Planes Reguladores, como lo ha declarado la Contraloría General de la República en el dictamen Nº 5.207, de 2001, entre otros.