ESTABLECE CONTENIDO Y CONDICIONES DE LA DECLARACIÓN QUE DEBE SOLICITAR EL PAGADOR DE UNA RENTA O CANTIDAD AL BENEFICIARIO RESIDENTE EN UN PAÍS CON EL QUE EXISTA UN CONVENIO VIGENTE PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
     
    Extracto de resolución Ex. SII Nº48 del 25 de mayo de 2015, que establece contenido y condiciones de la declaración que debe solicitar el pagador de una renta o cantidad al beneficiario residente en un país con el que exista un convenio vigente para evitar la doble tributación internacional, con el objeto de acreditar las circunstancias señaladas en el Nº4 , del artículo 74 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y el agente retenedor pueda no efectuar la retención del impuesto o efectuarla aplicando una tasa rebajada en virtud de lo establecido en dicho convenio.
    El texto íntegro de esta resolución está publicado en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el Boletín del SII del mes de mayo, de 2015.