ASIGNACIÓN DE FUNCIONES DIRECTIVAS EN LA FUNCIONARIA MARICEL CLAUDIA LAVÍN ZUMAETA
     
    Núm. DAF 317 exenta.- Santiago, 24 de abril de 2015.
     
    Vistos:
     
    La ley Nº 18.410, modificada por la ley Nº 19.613; lo previsto en el artículo 3º de la ley Nº 20.776 de 2014, del Ministerio de Energía; lo establecido en los artículos 10º, 146º letra a) y 147º del DFL Nº 29/04 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834 Estatuto Administrativo, resolución Nº735 de 2009 que crea la Unidad de Combustibles Líquidos; y la resolución 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República.
     
    Resuelvo:
   
    1º Desígnase a cargo y como responsable de la Unidad de Combustibles Líquidos a doña Maricel Claudia Lavín Zumaeta, RUT Nº 9.285.266-0, funcionaria a contrata asimilada al grado 4º del Escalafón Profesional de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, quien en el ejercicio de sus funciones, dependerá directamente de la División de Combustibles.
    2º Asígnase en la funcionaria indicada, las siguientes funciones y facultades:
    2.1 Organizar, relacionar y coordinar las actividades de la Unidad Técnica de Combustibles Líquidos con las actividades de la División de Combustibles y el resto de las áreas de la Superintendencia.
    2.2 Implementar las directrices e instrucciones emanadas de la Superioridad del Servicio y de la División de Combustibles en la Unidad Técnica de Combustibles Líquidos.
    2.3 Planificar en acuerdo con la jefatura y hacer seguimiento de las metas y objetivos de la Unidad Técnica de Combustibles Líquidos, así como de los planes y programas de fiscalización y de las estrategias para su implementación.
    2.4 Organizar, orientar y supervisar el trabajo técnico y administrativo de los funcionarios de la Unidad Técnica de Combustibles Líquidos.
    2.5 Administrar adecuadamente los recursos humanos y materiales de la Unidad Técnica de Combustibles Líquidos.
    2.6 Realizar las tareas necesarias para proponer respuestas a las consultas de carácter técnico relacionadas con combustibles líquidos planteadas por la industria, los usuarios y otros Organismos e Instituciones del Estado.
    2.7 Asesorar a los directores regionales en las materias de combustibles líquidos.
    2.8 Coordinar a nivel nacional el plan de fiscalización de SEC en materias de calidad y seguridad de combustibles líquidos.
    2.9 Estudiar, analizar y proponer las resoluciones que corresponda en las materias técnicas propias de los combustibles líquidos.
    2.10 Participar en la elaboración de proyectos de normas y especificaciones técnicas y proponer modificaciones a reglamentos, normas e instructivos técnicos en materia de combustibles líquidos; proponer y actualizar las normas y protocolos de ensayo para las actividades de los organismos de certificación e inspección de instalaciones de combustibles líquidos; y resolver sobre los proyectos de normas y especificaciones técnicas sobre estas materias en los casos especiales que se presenten y que no estén contemplados en las disposiciones vigentes.
    2.11 Estudiar las solicitudes y supervisar los procesos de autorización de los Organismos de Certificación e Inspección de instalaciones de Combustibles Líquidos.
    3º En el ámbito de sus labores, a la funcionaria designada le corresponderá dirigir la Unidad Técnica de Combustibles Líquidos, en tal condición estará facultada para impartir órdenes al personal que se encuentre bajo su dependencia, como asimismo para evaluar su desempeño a través de los informes pertinentes y hoja de precalificación o anotaciones de mérito o de demérito. Del mismo modo, deberá realizar la calificación de las solicitudes que dicho personal formule en materia de vacaciones o permisos administrativos, sin perjuicio de las prerrogativas que competan a otras jefaturas. Corresponderá también, la supervisión, del cumplimiento de la jornada laboral de los funcionarios bajo su dependencia.
    4º Asimismo, se establece que en caso de ausencia por cualquier causa de la Sra. Maricel Claudia Lavín Zumaeta, asume las funciones directivas el funcionario Raúl Espinoza Tapia, RUT: 11.843.440-4.
    5º Derógase cualquier normativa anterior que se contraponga a ésta.
    6º La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.


    Anótese, publíquese y archívese.- Luis Rodolfo Ávila Bravo, Superintendente de Electricidad y Combustibles.