MODIFICA DECRETO Nº 130 EXENTO, DE 2014, EN SENTIDO QUE INDICA
     
    Núm. 82 exento.- Santiago, 23 de febrero de 2015.

    Vistos:

    Lo dispuesto en ley Nº 18.755, lo preceptuado en el decreto ley Nº 799 de 1974, que regula el uso y circulación de vehículos estatales; lo establecido en el decreto supremo Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; lo previsto en el DFL Nº 294 de 1960, del Ministerio de Hacienda, que establece funciones y estructura del Ministerio de Agricultura; el decreto exento Nº 130, de 2014, del Ministerio de Agricultura; el oficio Ord. Nº 6.884 de 2014 del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y demás antecedentes adjuntos.
     
    Considerando:
     
    Que mediante decreto exento Nº 130, de 2014, del Ministerio de Agricultura, se autorizó la circulación en horas y días inhábiles del vehículo Hyndai, modelo New Tucson, Patente FWST 82-9, asignado a la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero.
   
    Que, asimismo, mediante el aludido acto administrativo, se autorizó para que, en casos debidamente informados y calificados por el Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, dicho automóvil fuera estacionado en el domicilio particular del funcionario Víctor Eduardo Farías Cavieres, ubicado en Alfredo Rosende Nº 974, comuna de Recoleta.
   
    Que el Sr. Farías fue destinado internamente al Laboratorio Lo Aguirre, por lo que se ha dispuesto que el Sr. Manuel Moreno Jaña cumpla con las labores de conducción habitual del referido vehículo.
   
    Que dado lo anterior, es necesario modificar el decreto exento Nº 130, ya mencionado, en el sentido de cambiar el lugar destinado al estacionamiento del vehículo placa patente FWST 82-9.
   
    Y las facultades que me confiere la Ley,
     
    Decreto:
   
    1.- Modifícase el decreto exento Nº 130, de 2014, del Ministerio de Agricultura, en el sentido de reemplazar el numeral 3 de la parte dispositiva, por el siguiente texto:
    "3.- Autorízase para que el vehículo antes señalado sea guardado, de manera excepcional y en casos debidamente informados y calificados por el Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, en el domicilio particular del funcionario Manuel Moreno Jaña, quien tiene a su cargo la conducción habitual del mismo, ubicado en calle 9 de Julio Nº 5989, Block 33, Departamento 20, Comuna de Lo Prado.".
    2.- Déjase constancia que en lo no modificado por el presente acto administrativo, se mantiene vigente el decreto exento Nº 130, de 2014, del Ministerio de Agricultura.


    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Claudio Ternicier González, Ministro de Agricultura (S).- Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Ministro del Interior y Seguridad Pública (S).
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Ternicier G., Subsecretario de Agricultura.