DECLARA MONUMENTOS NACIONALES EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTOS HISTÓRICOS LOS QUE INDICA Y MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE ZONA TÍPICA O PINTORESCA AL "CAMPAMENTO MINERO DE CHUQUICAMATA", TODOS UBICADOS EN LA COMUNA DE CALAMA, PROVINCIA DE EL LOA, REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Núm. 176.- Santiago, 13 de mayo de 2015.
Considerando:
Que, el Consejo de Monumentos Nacionales recibió la solicitud del Sr. René Huerta, de la Corporación de Cultura y Turismo de Calama y de la Sra. Miriam Bolados, de la Agrupación Hijos y Amigos de Chuquicamata para declarar como monumento nacional en la categoría de zona típica o pintoresca al Campamento Minero de Chuquicamata, ubicado en la comuna de Calama, provincia de El Loa, región de Antofagasta;
Que, se recibieron antecedentes adicionales respecto del campamento minero, proporcionados por la Corporación para la Conservación de la Cultura Chuquicamatina y por el Sr. Patricio Torrealba, los que fueron incorporados al expediente de la solicitud de declaratoria;
Que, el Consejo de Monumentos Nacionales ha estimado pertinente proteger, como monumentos nacionales en la categoría de monumentos históricos el Centro Cívico de Chuquicamata, la Casa 2000, los inmuebles representativos del Campamento Americano, el Cementerio de Chuquicamata, la Pala Mundial y los archivos ubicados en el Ex Banco de Chile, en el Teatro Chile, en la Central de Planos en el Archivo Físico del Centro de Documentación y en las instalaciones del Staff A-2, todos ubicados en el campamento minero ya mencionado;
Que, la protección tanto de la zona típica, como de los monumentos históricos, permite comprender de manera integral la historia del campamento, desde sus inicios de la producción formal de cobre en el año 1915, y su fundación el 18 de mayo del mismo año. La protección de la Casa 2000 así como la de los Inmuebles representativos del Campamento Americano, el primero en construirse, ayuda a comprender los inicios del campamento, en tanto que en este sector solo habitaban ingenieros y ejecutivos estadounidenses y los inmuebles fueron una implantación del modelo americano de construcción. Asimismo, la protección como monumento histórico del Centro Cívico (los edificios de equipamiento) y como zona típica de un sector que circunda a éste, permite la comprensión de la construcción del campamento nuevo, posterior al americano, donde se realizaban los actos colectivos de esparcimiento y donde habitaban trabajadores de distintos rangos dentro de la empresa. Junto a ello, las diversas tipologías de vivienda que se incluyen dan cuenta de la adaptación de la arquitectura y su construcción al territorio. En tanto que, a través de la protección del Cementerio de Chuquicamata, se realza además un elemento fundamental para la comprensión de este asentamiento minero que da cuenta del arraigo que mantienen hasta el día de hoy, quienes lo habitaron hasta su cierre en el año 2007, luego de que en el año 1992 se declarara zona saturada de material particulado respirable;
Que, la zona típica a proteger consiste en un campamento habitacional en un contexto industrial, compuesto por un centro cívico y sectores de vivienda, comercio y recreación con distintas características espaciales, formales y constructivas, las cuales a su vez son una constatación física de la jerarquización que existía entre los distintos estamentos laborales que formaron esta faena minera. Asimismo, la organización, composición y emplazamiento de sus partes en el conjunto, responden a significados y condiciones que orientaron la planificación del conjunto, con miras principalmente a la eficiencia en la producción;
Que, el valor del campamento minero reside en su condición de conjunto, donde cada uno de sus componentes tiene la misma categoría de valor, por lo que la potencial pérdida de sus elementos distorsionaría el significado y afectaría el valor de conjunto;
Los valores en que se sustenta la declaratoria de Zona Típica del Campamento de Chuquicamata son los que a continuación se indican:
A) Valores Históricos - Sociales: El yacimiento y el Campamento Minero de Chuquicamata fueron detonantes de un nuevo proceso industrial, territorial y económico, que dio inicio a una dinámica productiva sin precedentes para la región de Antofagasta y el país, cualidades que se extienden hasta el presente.
Corresponde a la primera explotación minera en Chile que tuvo la tecnología para la extracción y tratamiento de minerales en baja ley, lo que permitió aumentar considerablemente su rentabilidad, y justificó la inversión por parte de capitales extranjeros que poseían la capacidad de gestión e inversión necesaria para instalarse con el equipamiento suficiente en un territorio inhóspito y de condiciones extremas.
Constituye un ejemplo paradigmático de una company town por haber sido la que tuvo mayor extensión territorial y población residente en el país.
El campamento y sus singulares condiciones de vida, dieron origen a una "cultura chuquicamatina", de fuerte identidad, que se expresa, identifica y defiende hasta la actualidad.
El campamento fue escenario de importantes luchas sociales decisivas para el mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes, que fueron un ejemplo para otros asentamientos de similar origen y características a lo largo del país.
Los documentos contenidos en sus archivos son fuentes para la investigación y generación de conocimiento en los más diversos aspectos de la vida del Campamento Minero.
B) Valores Territoriales, Urbanos y Arquitectónicos:
La implementación de este yacimiento es un paradigma de ocupación intensiva de un territorio con fines industriales que implicó la incorporación de líneas de ferrocarriles, líneas de transmisión eléctrica, caminos vehiculares y grandes ductos de agua y combustible, atravesando de costa a cordillera parte importante de la Región de Antofagasta.
Para Latinoamérica y Chile el Campamento Minero de Chuquicamata es una "pieza histórica" que permite comprender la evolución de los asentamientos concebidos para la explotación in situ de recursos naturales.
En tanto asentamiento urbano, su organización representa formas específicas de emplazamiento, concebidas principalmente para favorecer una producción industrial ordenada y eficiente, por sobre el desarrollo de relaciones sociales igualitarias entre sus grupos componentes.
El Campamento Minero, a pesar de su condición efímera asociada a la explotación del yacimiento, logró constituirse como un asentamiento urbano de considerable envergadura, que se mantuvo independiente de Calama, pero equipado con todos los servicios propios de una ciudad.
Las diversas tipologías de vivienda que lo componen y su evolución en el tiempo son testimonio de una forma de apropiación del territorio y de adaptación a las condiciones climáticas del lugar;
Que, en cuanto al Centro Cívico de Chuquicamata, los atributos que se le reconocen son los siguientes:
1. El emplazamiento, conformación y significado social de su espacio público por excelencia: la plaza y las explanadas que la circundan.
2. Respecto del Auditorio Sindical, inmueble representativo de la arquitectura moderna en nuestro país: su ubicación; materialidad; altura; composición de cubierta ondulada y muros de fachada; composición de la columnata de acceso vidriada; sus espacialidades interiores (foyer, sector de butacas y las grandes bóvedas catalanas sobre este espacio, escenario y tras-escena, las dobles o triples alturas de los espacios); las pinturas de diseño geométrico de los muros interiores; los murales y elementos ornamentales de fierro fundido al interior y la mantención de su uso original hasta el día de hoy.
3. Respecto al Teatro Variedades: su ubicación; volumetría ortogonal y las distintas alturas que se expresan en ella; materialidad; composición de cubierta a dos aguas; composición de fachadas, con diseño de pintura incluido; sus espacialidades interiores (gran espacio liberado al centro, graderías para público, escenario y altura mayor al resto del inmueble).
4. Respecto al Teatro Chile: su ubicación; materialidad; altura; volumetría; la composición de fachadas y su esquina curvada, con vanos cuadrados y alargados; la composición del espacio de acceso, con su marquesina que acompaña gran parte de la fachada en el primer nivel; el letrero construido en obra "Teatro Chile"; sus espacialidades interiores funcionales al uso original y que se mantiene hasta el día de hoy.
5. Respecto al Estadio Anaconda: su ubicación; disposición y ocupación de la trama urbana; conformación de la cancha, graderías y sectores de servicios; alturas y materialidad.
6. Respecto al Club Chuquicamata: su ubicación; materialidad; composición volumétrica con diversos cuerpos y alturas; la composición de fachada en relación a llenos y vacíos; sus escaleras exteriores; espacialidades interiores funcionales al uso original; la cancha interior, su materialidad, las graderías, las vigas reticuladas de cubierta; su color en tono pastel de fachadas.
7. Respecto a la Escuela D-54 y al Liceo B-10: su ubicación y disposición encontrada en la trama urbana, enfrentando la plaza de manera simétrica; materialidad y altura; composición de cubierta a dos aguas; la disposición de manera simétrica y regular de sus espacios interiores (salas, oficinas, etc.); los corredores exteriores abiertos que acompañan la fachada principal; los espacios abiertos intersticiales.
8. Respecto a la Parroquia El Salvador: su ubicación; composición volumétrica con diversos cuerpos y alturas; el campanario integrado al volumen principal; la escalinata y espacio atrio de acceso; la composición de las fachadas, sobresaliendo la arcada del acceso, con los vanos verticales; su espacialidad interior y materialidad predominante, madera, que se expresa principalmente en vigas y pilares que diferencian la nave principal de las dos secundarias; su iluminación perimetral en doble altura; los diversos recintos interiores que se expresan volumétricamente al exterior.
9. Respecto al Club Obrero: su ubicación, composición volumétrica y de fachada; su hall de acceso y altura interior; su materialidad.
10. Respecto a la Oficina de Pagos: su ubicación, su volumetría; materialidad; la composición de su fachada principal (ventanillas de pago); las estructuras metálicas que configuran el espacio de filas para acceder a las ventanillas;
Que, a la Casa 2000 y a los Inmuebles representativos del Campamento Americano, se les reconocen los atributos de poseer una tipología americana, tipo ciudad jardín, composición volumétrica con diversos cuerpos y alturas; materialidad; patios interiores; construcción de tipo desmontable que permite su desarme y traslado;
Que, el Cementerio de Chuquicamata tiene como atributo su emplazamiento en el territorio, su ubicación en relación al campamento; trama interna y circulaciones; sectorización y disposición de tumbas, tipología de tumbas: pabellones, mausoleos y aisladas;
Que, la Pala Mundial operó por 22 años en Chuquicamata, entre los años 1949 y 1971, reconociéndosele como atributos la marca Bucyrus Erie modelo 550 y que fue utilizada en la construcción del Canal de Panamá e importada por la Chile Exploration Company en 1949. Tanto su envergadura, de 26.5 metros de altura aproximadamente y 450 toneladas de peso, como los años de operaciones que prestó al campamento minero, la han convertido en un símbolo de la productividad de Chuquicamata;
Que, los archivos que se ha estimado pertinente proteger son los siguientes:
1. Archivos ubicados en el primer y segundo piso del edificio del Ex Banco de Chile, cuya dirección es Lord Cochrane Nº 86, cuyo volumen corresponde a 4m³.
2. Archivos ubicados en el lobby del Teatro Chile, cuya dirección es José Miguel Carrera s/n, y cuyo volumen corresponde a 30m³.
3. Archivos ubicados en la Central de Planos, emplazada en la Ruta Nº 1 del sector industrial, y que corresponde a un estimado de 70.000 documentos que datan desde 1914 a la fecha.
4. Archivos ubicados en el Archivo físico del Centro de Documentación, cuya dirección es Avda. 11 Norte 1291, Villa Exótica, Torre B, 3º piso, donde se constata la existencia de colecciones audiovisuales, revistas, folletos, grabaciones de entrevistas, filmes (16mm), sin catalogar, y
5. Archivos ubicados en las instalaciones del Staff A-2, sala Nº 1, cuya dirección es Av. Charles Brinckeroff s/n y que corresponden a los expedientes del Departamento de Bienestar;
Que, esta declaratoria cuenta con el apoyo del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes;
Que, el propietario, Codelco, se compromete a la elaboración de un Plan de Manejo para el Campamento, teniendo en consideración la experiencia del trabajo de la Fundación Sewell en relación al Campamento Sewell, declarado como Zona Típica mediante el decreto exento Nº 857, de 1998, de esta Secretaría de Estado;
Que, el Consejo de Monumentos Nacionales dio su aprobación en la sesión extraordinaria de 28 de enero de 2015, por mayoría de los presentes a la declaratoria de monumentos nacionales en la categoría de monumentos históricos del Centro Cívico de Chuquicamata, de la Casa 2000, de los inmuebles representativos del Campamento Americano, del Cementerio de Chuquicamata, de la Pala Mundial y de los Archivos localizados en el Ex Banco de Chile, en el Teatro Chile, en la Central de Planos, en el Archivo Físico del Centro de Documentación y en las instalaciones del Staff A - 2, todos ubicados en el campamento minero de Chuquicamata. Así como también se aprobó la declaración de zona típica del Campamento Minero de Chuquicamata, con un polígono de protección de 184,44 ha;
Que, no obstante lo anterior, el polígono relativo a la zona típica del Campamento Minero fue materia de un recurso de reposición interpuesto por Codelco, motivo por el cual en la sesión ordinaria del 11 de marzo de 2015, el Consejo de Monumentos Nacionales acogió parcialmente dicho recurso y aprobó por mayoría un nuevo polígono para la zona típica del Campamento Minero de Chuquicamata, de 420.792,22 mts.² (42,08 ha), además de fijar los polígonos de protección de los monumentos históricos ya aprobados en la sesión extraordinaria del mes de enero de 2015, y
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la Ley Nº 17.288; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el oficio Ord. Nº 1.181/15, de 4 de mayo de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales; las Actas de Sesión Extraordinaria del Consejo de Monumentos Nacionales de 28 de enero de 2015 (punto 6) y de 11 de marzo de 2015 (punto 9); solicitud presentada por el Sr. René Huerta de la Corporación de Cultura y Turismo de Calama, y de la Sra. Miriam Bolados de la Agrupación Hijos y Amigos de Chuquicamata; el oficio Ord. Nº 76, de 22 de enero de 2015, de la Ministra Presidenta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; y la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República de Chile,
Decreto:
Artículo 1º.- Decláranse Monumentos Nacionales en la categoría de Monumentos Históricos al Centro Cívico de Chuquicamata, la Casa 2000, los Inmuebles representativos del Campamento Americano y el Cementerio de Chuquicamata, todos ubicados en el campamento minero de Chuquicamata, de la comuna de Calama, provincia de El Loa, Región de Antofagasta.
El área protegida del Centro Cívico tiene una superficie aproximada de 98.735,86 mts.² (9,87 ha), como se grafica en polígono 1 con las letras A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-K-L-M-N-O-A, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes:
. Artículo 2º.- Decláranse Monumentos Nacionales en la categoría de Monumentos Históricos a la Pala Mundial y a los archivos que a continuación se indican:
a) Archivos ubicados en el primer y segundo piso del edificio del Ex Banco de Chile, cuya dirección es Lord Cochrane Nº 86, cuyo volumen corresponde a 4m³.
b) Archivos ubicados en el lobby del Teatro Chile, cuya dirección es José Miguel Carrera s/n, y cuyo volumen corresponde a 30m³.
3. Archivos ubicados en la Central de Planos, emplazado en la Ruta Nº 1 del sector industrial, y que corresponde a un estimado de 70.000 documentos que datan desde 1914 a la fecha.
4. Archivos ubicados en el Archivo físico del Centro de Documentación, cuya dirección es Avda. 11 Norte 1291, Villa Exótica, Torre B, 3º piso, donde se constata la existencia de colecciones audiovisuales, revistas, folletos, grabaciones de entrevistas, filmes (16mm), sin catalogar, y
5. Archivos ubicados en las instalaciones del Staff A-2, sala Nº 1, cuya dirección es Av. Charles Brinckeroff s/n y que corresponde a los expedientes del Departamento de Bienestar.
Artículo 3º.- Declárase Monumento Nacional en la categoría de Zona Típica o Pintoresca al "Campamento Minero de Chuquicamata", ubicado en la comuna de Calama, provincia de El Loa, Región de Antofagasta.
El área protegida de la zona típica relativa al Campamento tiene una superficie aproximada de 420.792,22 mts.² (42,08 ha), como se grafica en el polígono con los números 1-2-3-4-5-6-7-8-9-10-11-12-13-1, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes:
. Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educación.