PROMULGA EL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: "FONDO CHILE CONTRA EL HAMBRE Y LA POBREZA-SEGUNDA FASE"
     
    Núm. 26.- Santiago, 12 de marzo de 2015.
     
    Vistos:
     
    Los artículos 32, Nº 15 y 54, Nº 1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley Nº 18.158.
     
    Considerando:
     
    Que con fechas 17 de febrero y 3 de marzo de 2015, se suscribió, en Santiago, entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Acuerdo sobre el Proyecto: "Fondo Chile Contra el Hambre y la Pobreza-Segunda Fase".
    Que dicho Acuerdo fue adoptado en el marco del Acuerdo Básico sobre Asistencia Técnica, suscrito con las Naciones Unidas y diversas Agencias Especializadas de esa Organización, y del Acuerdo suscrito con el Fondo Especial de las Naciones Unidas sobre Asistencia del Fondo Especial, ambos publicados en el Diario Oficial de 24 de octubre de 1960.
     
    Decreto:
     
    Artículo único: Promúlgase el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre el Proyecto: "Fondo Chile Contra el Hambre y la Pobreza-Segunda Fase", suscrito en Santiago, el 17 de febrero y 3 de marzo de 2015; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley Nº 18.158.
     
    Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.
    Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.